Los tipos de trabajo que no requieren un permiso se limitan a reparaciones menores como pintura residencial, instalación de equipos mecánicos portátiles que se enchufan como electrodomésticos de calefacción o refrigeración, instalación o reemplazo de revestimientos de pisos terminados, reemplazo de gabinetes y encimeras en el mismo lugar sin reconfigurar el espacio, paisajismo residencial, con la excepción de instalaciones de riego, instalaciones de antenas parabólicas, mástiles residenciales de 15 pies de altura o menos, o mástiles desmontables de 20 pies de altura o menos.
Los tipos de trabajo que se requieren para la emisión de permisos deben cumplir con la sección 105.1 del Código de Construcción de la Florida, que establece lo siguiente: "Cualquier propietario o agente autorizado de un propietario que pretenda construir, ampliar, reformar, mover, demoler o cambiar la ocupación de un edificio o estructura, o levantar, instalar, ampliar, reformar, reparar, eliminar, convertir o reemplazar cualquier revestimiento resistente a impactos, sistema eléctrico, de gas, mecánico o de plomería, cuya instalación es regulada por este código, o que solicite la realización de cualquiera de dichos trabajos, primero deberá enviar una solicitud al Funcionario de la Construcción y obtener el permiso correspondiente".