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2024 Actualizaciones al Código de Ruidos - Participe

Recientemente, varios residentes expresaron su inquietud en relación a la implementación y entrada en vigor de la Ordenanza de Control de la Contaminación Sonora del Condado de Orange, incluidas las normas de ruido existentes y la respuesta del orden público. Necesitamos sus aportes para proponer cambios en la política sonora a la Junta de Comisionados del Condado a fines de 2024.

¡Queremos Conocer su Opinión!

Asistir a una Reunión

(Información Sujeta a Cambios)
Evento Fecha, Hora y Lugar Detalles y Recursos
Sesión de Trabajo de la Comisión de Protección del Medio Ambiente 27 de marzo de 2024, a las 8:30 a.m. - EPD del Condado de Orange, 3165 McCrory Place, 32803

Cronograma Anticipado

Invierno/Primavera 2024 - Reuniones Públicas y de Partes Interesadas Primavera/Verano 2024 - Borrador de la Ordenanza y Sesiones de Trabajo con las Juntas de Asesoramiento Verano/Otoño 2024 - Borrador Final. Otoño 2024 - Audiencia de Adopción de BCC

Reportar/Resolver un Problema Sonoro

Los disturbios sonoros se manejan de forma distinta según la naturaleza y ubicación del ruido. Algunos ruidos incluso están exentos de las regulaciones locales. Elija las siguientes opciones para conocer más.

¿Cómo presento una queja por ruidos? (Residencial y Bares/Clubs)

Los residentes de una Zona No Incorporada del Condado de Orange afectados por perturbaciones sonoras procedentes de otra propiedad residencial, de un bar o de un establecimiento que sirva alcohol, deben contactar a la Oficina del Sheriff del Condado de Orange, (407) 836-4357.

Los disturbios sonoros que se producen dentro de los límites de la ciudad son manejados por la autoridad municipal correspondiente.

Tenga en cuento que lo siguiente está exento:

  • Actividades de mantenimiento de césped de 7 a.m. a 10 p.m.
  • La actividad de locomotoras de las vías ferroviarias o de autos realizadas de acuerdo con las leyes y regulaciones federales.
  • La actividad de aviones y de aeropuerto realizada de acuerdo con las leyes y regulaciones federales.
  • Los generadores empleados durante o como resultado de una emergencia.
  • Actividades de construcción o demolición para las que el Condado ha entregado un permiso de desarrollo, de 7 a.m. a 10 p.m.
  • Se pueden encontrar más detalles sobre las exenciones en Sección 15-185.
¿Cómo presento una queja por ruidos? (No residencial)

Los residentes de la Zona No Incorporada del Condado de Orange que estén afectados de manera adversa por la contaminación sonora de una propiedad no residencial que no sirve alcohol debe contactar a la División de Protección del Medio Ambiente (407) 836-1468.

Los disturbios sonoros que se producen dentro de los límites de la ciudad son manejados por la autoridad municipal correspondiente.

Tenga en cuento que lo siguiente está exento:

  • Actividades de mantenimiento de césped de 7 a.m. a 10 p.m.
  • La actividad de locomotoras de las vías ferroviarias o de autos realizadas de acuerdo con las leyes y regulaciones federales.
  • La actividad de aviones y de aeropuerto realizada de acuerdo con las leyes y regulaciones federales.
  • Los generadores empleados durante o como resultado de una emergencia.
  • Actividades de construcción o demolición para las que el Condado ha entregado un permiso de desarrollo, de 7 a.m. a 10 p.m.
  • Se pueden encontrar más detalles sobre las exenciones en Sección 15-185.
¿Cuáles son algunas excepciones a la ordenanza de ruidos?
  • Actividades de mantenimiento de césped de 7 a.m. a 10 p.m.
  • La actividad de locomotoras de las vías ferroviarias o de autos realizadas de acuerdo con las leyes y regulaciones federales.
  • La actividad de aviones y de aeropuerto realizada de acuerdo con las leyes y regulaciones federales.
  • Los generadores empleados durante o como resultado de una emergencia.
  • Actividades de construcción o demolición para las que el Condado ha entregado un permiso de desarrollo, de 7 a.m. a 10 p.m.
  • Se pueden encontrar más detalles sobre las exenciones en Sección 15-185.
¿Cuándo se considera que algo constituye una contaminación sonora?

El ruido clasificado como contaminación está regulado por la Ordenanza de Control de Contaminación Sonora del Condado de Orange. La contaminación sonora es cualquier sonido que cumpla con todos los siguientes criterios:

  • Altere a una persona razonable con sensibilidad normal;
  • Sonido emanado de una propiedad no residencial o una propiedad residencial en construcción; y
  • Exceda los límites sonoros permitidos establecidos en la ordenanza (15-182), medido con un decibelímetro.
¿Cómo se miden los disturbios por ruido?

El Condado de Orange mide la contaminación sonora de dos maneras. Un método utiliza un decibelímetro para registrar el nivel de decibeles del ruido. El segundo método se llama "norma sobre emisiones sonoras claramente audibles". La norma sobre emisiones sonoras claramente audibles se determina primero midiendo la distancia desde la línea de la propiedad o derecho de paso hasta la fuente del disturbio. Luego el funcionario a cargo de la investigación determina si se puede escuchar el ruido desde la distancia permitida sin ningún dispositivo mecánico o médico, como un audífono.

¿Cuáles son algunos rangos de decibeles para ruidos comunes?
Gráfico que describe los niveles habituales de decibeles
Datos de decibeles referencia

¿A quién debo llamar?

La División de Protección del Medio Ambiente (EPD) responde ante: propiedades comerciales (no incluye establecimientos que sirvan alcohol). Propiedades residenciales en construcción. Niveles de ruido que excenda los límites permitidos indicados en la abla 1. División de Protección del Medio Ambiente en epdcomplaints@ocfl.net o 407-836-1468. La Oficina Sherrif del Condado de Orange (OSCO) responde a: propiedades residenciales. Eventos especiales sin permiso. Quejas que involucren el consumo de alcohol. Quejas que involucren presuntas actividades ilegales. Quejas por disturbios sonoros que involucren la alteración de la paz según lo definido en el Estatuto de Florida 877.03. Informe una queja por ruidos a la OCSO llamando al 407-836-4357 (407-836-HELP). Norma audible por OCSO Gráfico de límites sonoros máximos permitidos

Contáctenos

Environmental Protection Division

3165 McCrory Place, Suite 200
Orlando, FL 32803

  • Email: EPD@ocfl.net
  • Teléfono: (407) 836-1400
  • Fax: (407) 836-1499